martes, 4 de septiembre de 2007

ALGUNOS CONSEJOS PARA FIESTAS PATRIAS




Reunión Diversos Sectores






Capacitación Organizaciones Sociales sobre Fondo Concursable


Evaluación Proyectos Fondo Concursable


Lanzamiento Bases Fondo Concursable



Plan Comuna Segura
Bases Fondo Concursable 2006


El Plan Comuna Segura constituye una de las principales estrategias del Gobierno de Chile para fortalecer la seguridad ciudadana en los espacios que son más cercanos a las personas: su barrio, su comuna.

El Fondo Nacional Concursable de Proyectos Comunitarios de Seguridad tiene como propósito promover la participación de la comunidad en el mejoramiento de la seguridad de su territorio, a través del financiamiento de proyectos comunitarios de seguridad ciudadana, los cuáles deberán ser concordantes y coherentes con los respectivos Planes Comunales de Prevención del Delito.

El presente documento contiene los antecedentes que deben considerar las organizaciones que postulen al Fondo.

¿Como se puede participar del Fondo Concursable?

Al Fondo Nacional Concursable podrán postular organizaciones comunitarias territoriales o funcionales, con personalidad jurídica vigente de los territorios establecidos en el diagnóstico comunal de seguridad ciudadana y el Plan Comunal de Prevención del Delito de cada comuna.

En la ejecución de los proyectos podrán participar distintas organizaciones e instituciones en calidad de:

Como Organización Responsable: Corresponde a aquella organización con personalidad jurídica que presenta el proyecto para su postulación al Fondo Nacional Concursable y que asume la responsabilidad técnica, financiera y legal en la ejecución del mismo, debiendo informar el avance de las actividades comprometidas y el uso de los recursos entregados. Sólo habrá una Organización Responsable por proyecto.

Como Organización Participante: Corresponde a todas las organizaciones que participan directamente en las actividades del proyecto, sin ser la Organización Responsable. No requiere tener personalidad jurídica para participar en la iniciativa. Lo ideal es que los proyectos impliquen la asociación entre varias organizaciones.

Como Organización Colaboradora: Corresponde a las organizaciones (públicas o privadas) y/o personas naturales que, sin ser la Organización Responsable, contribuyen con dinero, mano de obra, materiales, asesoría, entre otros, a la implementación del proyecto. Puede haber más de una Organización Colaboradora por iniciativa.


Como Tercero: Se refiere a las instituciones públicas o privadas que aportan de alguna forma al desarrollo del proyecto.

¿Qué requisitos se deben cumplir para participar como Organización Responsable?

- No presentar un proyecto expresamente excluido por las bases.
- No solicitar recursos inferiores de los dispuestos en estas bases.
- Cumplir con la siguiente documentación:
- Formulario de presentación de proyecto en duplicado, con registro de ingreso de la oficina de partes municipal.
- Certificado de personalidad jurídica vigente de la Organización Responsable.
- Certificado de vigencia del Directorio de la Organización Responsable.
- Declaración Jurada ante Notario del Representante Legal de la Organización sobre:
o Existencia de miembros de la Organización Responsable en el Consejo
Comunal de Seguridad Ciudadana o de vínculos de parentesco o interés
de algún (os) miembro (s) de éste con la Organización
Responsable. (Ver anexo 2)
o No existencia de rendiciones de fondos públicos pendientes con plazos
vencidos por parte de la Organización Responsable.

¿Qué proyectos se pueden postular al Fondo Concursable?
El Fondo se orienta a financiar iniciativas de prevención en seguridad, relacionadas con el fenómeno de violencia y delincuencia. Para efectos de estas bases se entiende la Prevención como las acciones que se realizan para evitar que aparezcan los comportamientos violentos o delictivos, influyendo sobre los factores de riesgo que favorecen su desarrollo y/o potenciado los factores protectores.

La iniciativa propuesta debe responder a alguno de los problemas identificados como prioritarios en el Diagnóstico y en el Plan Comunal de Prevención del Delito de su comuna, y tiene que desarrollarse en los territorios que califican como prioritarios dichos instrumentos (Diagnóstico y Plan)
Podrán postular iniciativas que correspondan a la siguiente categoría:

Proyectos de Promoción Comunitaria
El Fondo Nacional Concursable financiará proyectos que promuevan la participación de la comunidad para enfrentar la inseguridad y generen el fortalecimiento de las redes sociales.
Especialmente abarca iniciativas que promuevan el conocimiento entre los vecinos, el desarrollo de sentido de pertenencia con el barrio, la protección y el cuidado del entorno urbano en forma colectiva, la utilización de los espacios públicos comunitarios por parte de sus habitantes, la creación de redes de información y protección entre los vecinos, el acceso de la comunidad a la información, la generación de opinión y liderazgo, y la seguridad ciudadana que se manifiesta en su entorno inmediato.

¿Qué proyectos NO pueden postular al Fondo Concursable?

No serán financiados los siguientes proyectos:

Proyectos que no tengan que ver con seguridad asociada al fenómeno delictual o de violencia, como por ejemplo: de seguridad de tránsito, de seguridad medioambiental, de prevención de accidentes, entre otros.

Proyectos de infraestructura y equipamiento. El financiamiento de los gastos relativos al equipamiento procederá sólo si se justifica en el marco de las actividades de fortalecimiento vecinal.

Proyectos asociados sólo a la recreación, el arte y el deporte, tales como paseos, festivales, eventos recreativos u otros, que no demuestren una capacidad efectiva de fortalecer la organización comunitaria.

¿Cuál es la duración máxima de un proyecto?

Los proyectos presentados al Fondo Nacional Concursable deberán tener una duración máxima de ocho meses, contados desde la fecha de inicio de su ejecución.

¿Cuál es el monto mínimo al que se puede postular?

El apoyo financiero tiene como monto mínimo la suma de un millón de pesos.
El presupuesto de todo proyecto deberá contener una estimación detallada de los gastos proyectados ordenados según el ítem al que corresponda: Gastos Corrientes, Material de Consumo, Equipamiento, Difusión y Recursos Humanos.

¿La Organización debe entregar algún aporte?

La propuesta deberá considerar siempre el aporte de las organizaciones que participan en el proyecto, sea en calidad de Responsable, Participantes y/o Colaborador. Dicho aporte podrá expresarse en recursos humanos, infraestructura, equipamiento, gastos corrientes, material de consumo o difusión. Todos los aportes deberán ser acreditados mediante cartas de compromiso adjuntas al cuadernillo de postulación y contables en dinero.

¿Qué tipos de gastos financia el Fondo Concursable?

El Fondo financia los siguientes ítems:

RECURSOS HUMANOS: Pago de honorarios por servicios en la ejecución de las actividades mismas del proyecto, se excluyen de este ítem el pago de personal para la administración del proyecto, tales como: contabilidad, administración general, etc.

EQUIPAMIENTO: Compra de bienes necesarios para ejecutar las actividades del proyecto, tales como: equipos de audio, computadores u otros, todos los cuales quedarán al término del proyecto.

MATERIAL DE CONSUMO: Compra de bienes necesarios para realizar las actividades y que se consumirán en el proyecto (por ejemplo: papelería, pinturas,
etc.)

GASTROS CORREINTES: Pagos de servicios básicos durante el proyecto, tales como: locomoción, luz, arriendo, gastos notariales, etc.

DIFUSIÓN: Gastos materiales o servicios para difundir el proyecto a la comunidad (por ejemplo: papel para volantes, vocear a través de megáfono, murga, etc.) Además todos los proyectos deberán destinar un monto de $100.000 para la realización de un letrero que identifique la iniciativa en el caso que sea seleccionada, el que deberá hacerse de acuerdo a las disposiciones técnicas suministradas oportunamente por el Ministerio del Interior.
El presupuesto deberá contener una estimación detallada de los insumos requeridos por cada ítem con sus respectivos valores, lo que deberán tener como referente los precios de mercado. Para dichos efectos, las organizaciones podrán requerir apoyo e información al Secretario Comunal de su respectiva comuna.

¿Quién evalúa y selecciona los proyectos?

Los proyectos serán evaluados y seleccionados por el Consejo de Seguridad Ciudadana de su comuna. Este Consejo confeccionará un listado con todas las propuestas presentadas, ordenadas de mayor a menor puntaje, sobre la base de los criterios de evaluación y sus ponderaciones. Este listado se propondrá al Subsecretario del Interior, quién decidirá al respecto.

¿Cómo se seleccionan los proyectos?

Selección de los Proyectos

Una vez cerrado el período de recepción, el municipio conservará los proyectos recibidos en sus sobre sellados y los remitirá al Secretario Técnico, acompañados de un acta o documento que certifique el número de iniciativas entregadas. La Secretaría informará al Ministerio del Interior del número de proyectos postulados y coordinará la convocatoria y funcionamiento del Consejo Comunal de Seguridad Ciudadana, tanto para el estudio de admisibilidad, como para su evaluación técnica.
Estudio de Admisibilidad

Se refiere a la verificación del cumplimiento de los requisitos de admisibilidad establecidas por estas bases y se realizará una vez vencido el plazo para la postulación de proyectos. Sin perjuicio de lo mencionado, el no cumplimiento de cualquiera de las condiciones estipuladas en las presentes bases será causal de inadmisibilidad de la propuesta, en cualquier etapa del proceso.
El estudio de admisibilidad de los proyectos será de responsabilidad del Consejo Comunal de Seguridad Ciudadana, que podrá delegar esta tarea en la Mesa Técnica Municipal convocada para ese efecto o bien, hacerla en forma conjunta con ésta.
Del estudio de admisibilidad se levantará un acta del proceso realizado, dando cuenta de la situación de cada proyecto y especificando claramente las causales por las cuáles se han declarado inadmisibles uno o más proyectos postulados.

Evaluación Técnica

Todos los proyectos que hayan sido declarados admisibles entrarán a la Fase de Evaluación Técnica, que (como su nombre lo dice) se refiere a la evaluación de las cualidades técnicas de las propuestas. Esta evaluación es responsabilidad del Consejo Comunal de Seguridad Ciudadana, pudiendo requerir de la Mesa Técnica Municipal el apoyo técnico que se requiera.
Sin perjuicio del derecho de cada miembro del Consejo Comunal de Seguridad Ciudadana de revisar directamente los proyectos, será responsabilidad del Secretario Técnico preparar una presentación sobre cada uno de las iniciativas, que asegure la debida información de los miembros del citado consejo.
La evaluación técnica debe realizarse sobre las bases de los criterios establecidos en estas bases:

Focalización Territorial: Se calificará la concordancia entre el sector donde se propone ejecutar el proyecto y los territorios definidos como prioritarios en el Plan Comunal de Prevención del Delito.
Focalización Temática: Se calificará la congruencia del proyecto con los temas definidos como prioritarios por el Plan Comunal de Prevención del Delito.
Asociatividad: Se evaluará la capacidad del proyecto para asociar a las organizaciones sociales del sector. Del mismo modo, se considerará la capacidad que tenga el proyecto para coordinarse con actores públicos y privados.

¿Dónde y cuándo se deben entregar los proyectos?

Los proyectos se recibirán hasta el día y hora que establezca la convocatoria pertinente, en la respectiva Municipalidad (oficina de partes), en donde existirá un Libro de Registro en que se incluirán todos las iniciativas recibidas, anotándose la fecha, hora y firma del que entrega. Vencido el plazo y horario establecido, no se recibirá ningún proyecto.

¿Cómo se deben presentar los proyectos?

Los proyectos deberán presentarse en duplicado (un original y una copia completa del mismo), en versión escrita, mecanografiada o manuscrita; ambos ejemplares deberán ser entregados en sólo un sobre cerrado, dirigidos al Consejo Comunal de Seguridad Ciudadana y con atención al Secretario Comunal de Prevención del
Delito.
El sobre deberá contener toda la documentación y formularios que son exigidos en las presentes bases. Se elaborará un comprobante de recepción, el que será entregado a la organización postulante.

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Señor (a)
Secretario (a) Comunal
Consejo Comunal de Seguridad Ciudadana
Comuna de........
PRESENTE
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Remitente:
Nombre de la Organización Responsable
Nombre del Representante Legal
Domicilio de la Organización
Fono
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